Contratos de Formación en Alternancia
¿Cómo aplicar la bonificación del 100% de la formación del Contrato de formación?
El coste de la formación variará en función de las horas anuales de trabajo efectivo establecidas en el Convenio Colectivo.
Con el contrato en modalidad de teleformación a jornada completa, durante el primer año de contrato, habrá que aplicar un 35%, que es el tiempo de formación, sobre el total de la jornada anual que indique el convenio.
De esta forma, la cantidad resultante será el coste de la formación. Dividiendo esta cantidad entre 11 meses (no se incluiría el mes de vacaciones), obtendremos el importe mensual de la formación teórica, que es la misma cantidad que se deberá bonificar por un mes completo de formación.
En el caso que no trabaje todos los días del mes, que suele ocurrir en el primer mes y último de formación, deberás tener en cuenta la parte proporcional de formación recibida en dichos meses.
Si el trabajador/a está de baja por maternidad, paternidad, IT, etc. se interrumpiría el cómputo del contrato de formación en alternancia y no se debe bonificar la formación durante dicho periodo.
Para realizar esta bonificación es necesario que en tu programa de nóminas marques:
- Modelo de contrato 421.
- Casilla Bon./Red.
- El tipo de colectivo: Jóvenes 16-30 años en empresas de menos de 250 trabajadores (que tienen derecho al 100% de la bonificación), o 16-30 años en empresas de más de 250 trabajadores (75% de bonificación en estos casos).
- Añade el importe de la formación y el número de horas de formación.
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